Administradores de Inmuebles: Régimen de Información

 

Los administradores de inmuebles deberán cumplir con un régimen informativo respecto de las sumas que en concepto de expensas, contribuciones para gastos y conceptos análogos, determinan y perciben por los bienes ubicados en "countries", clubes de campo, clubes de chacra, barrios cerrados, barrios privados, edificios de propiedad horizontal y todo tipo de complejo urbanístico, situados en el país.

Para ello, los administradores podrán valerse de la información referida a los datos identificatorios recabada para el ejercicio de sus funciones específicas o, en su caso, la que surja de una manifestación escrita presentada por los propietarios u otros sujetos cuyos datos deben ser informados en el presente régimen (ver Nota Externa AFIP N° 2/2007).

La obligación de cumplir con este régimen comenzará regir con la información que corresponda suministrar a partir del segundo semestre calendario del año 2006, inclusive.

Para suministrar esta información, los administradores de inmuebles deberán utilizar el programa aplicativo "AFIP DGI - REGIMEN INFORMATIVO DE PAGO DE EXPENSAS – Versión 2.0”.

El archivo generado con dicho aplicativo debe ser presentado mediante Clave Fiscal , a través del servicio “Presentación de Declaraciones Juradas y Pagos”.

La medida fue dispuesta por la RG N° 2159/06 y modificada por las RG N° 2207/07, N° 2232/07 y N° 2315/07.