Administradores de Inmuebles: Régimen de Información
Los administradores de inmuebles deberán cumplir
con un régimen informativo respecto de las sumas que en concepto de
expensas, contribuciones para gastos y conceptos análogos, determinan y
perciben por los bienes ubicados en "countries", clubes de campo, clubes de
chacra, barrios cerrados, barrios privados, edificios de propiedad
horizontal y todo tipo de complejo urbanístico, situados en el país.
Para ello, los administradores podrán valerse de la información referida a
los datos identificatorios recabada para el ejercicio de sus funciones
específicas o, en su caso, la que surja de una manifestación escrita
presentada por los propietarios u otros sujetos cuyos datos deben ser
informados en el presente régimen (ver
Nota Externa AFIP N° 2/2007).
La obligación de cumplir con este régimen comenzará regir con la información
que corresponda suministrar a partir del segundo semestre calendario del año
2006, inclusive.
Para suministrar esta información, los administradores de inmuebles deberán
utilizar el programa aplicativo "AFIP
DGI - REGIMEN INFORMATIVO DE PAGO DE EXPENSAS – Versión 2.0”.
El archivo generado con dicho aplicativo debe ser presentado mediante Clave
Fiscal , a través del servicio “Presentación de Declaraciones
Juradas y Pagos”.
La medida fue dispuesta por la
RG N° 2159/06 y modificada por las
RG N° 2207/07,
N° 2232/07 y
N° 2315/07.