¿Cómo debo hacer el tramite de "certificado de no retención del ITI" por venta de una vivienda única? 

 

I.- Caso de importes mayores a $ 102.300 ó cuando existe más de un titular de dominio.

 

Cuando se ejerza la opción de venta de única vivienda y/o terreno con el fin de adquirir otra destinada a casa-habitación propia, y el valor de transferencia sea superior a $ 102.300; o exista más de un titular de dominio (cualquiera sea el monto de la operación), los responsables deberán solicitar el certificado de no retención con una antelación mínima de 20 días corridos al de la celebración del acto que genere el deber de percibir o en su caso retener.

 

La solicitud se deberá confeccionar utilizando alguno de los siguientes procedimientos:

 

A.- Mediante el programa aplicativo denominado "AFIP-DGI - Transferencias de Inmuebles - Versión 1.0". La información se suministrará vía "Internet" mediante transferencia electrónica de datos ingresando con clave fiscal al sitio "web" de este Organismo (http://www.afip.gov.ar ).

Una vez transferido el archivo de acuerdo con el procedimiento señalado precedentemente, el solicitante ingresará al mencionado sitio "web" -Servicio "Transferencia de Inmuebles" opción "Confirmar solicitud régimen general. Transacción Web mediante aplicativo"- para constatar la efectiva transmisión de los datos y el número asignado a su solicitud. Dicho procedimiento permitirá que el solicitante efectúe el seguimiento vía "Internet" de los procesos de control formal.

Dicha solicitud deberá formalizarse posteriormente mediante la presentación de un formulario multinota adjuntando los elementos que se detallan a continuación, como requisito para la recepción del trámite por parte de este Organismo:

B.- La otra opción se implementa  mediante el acceso al sitio "web" de este Organismo utilizando la respectiva clave fiscal - Servicio "Reemplazos de inmuebles mayor a $102.300. Transacción Web" -

Dicha solicitud deberá formalizarse posteriormente mediante la presentación de un formulario multinota (F 206/M) adjuntando los elementos que se detallan a continuación, como requisito para la recepción del trámite por parte de este Organismo:

C.- También puede hacerse mediante comunicación al Centro de Información Telefónica (0800-999-2347) de esta Administración Federal, el cual brindará la asistencia correspondiente, previa autenticación de los datos del solicitante.

Dicha solicitud deberá formalizarse posteriormente mediante la presentación de un formulario multinota (F 206/M) adjuntando los elementos que se detallan a continuación, como requisito para la recepción del trámite por parte de este Organismo:

Asimismo se aclara que cuando las copias presentadas por el contribuyente o responsable de acuerdo a lo establecido precedentemente no se encuentren autenticadas, deberán exhibirse los ejemplares originales de los mismos, al momento de la presentación.

 

II.- Caso de importes hasta $ 102.300 existiendo un solo titular de dominio

 

Para el caso de inmuebles cuyo valor sea igual o inferior a $ 102.300 existiendo un solo titular de dominio, éste solicitará el certificado de no retención la exclusión por alguno de los trámites que se indican a continuación: